Festividades laborales para el año 2025
El artículo 45.1 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, enumera las fiestas laborales de ámbito nacional, de carácter retribuido y no recuperable, distinguiendo entre las señaladas en los apartados a), b) y c), que tienen el carácter de nacional no sustituibles por las comunidades autónomas, y las reflejadas en el apartado d), respecto de las cuales las comunidades autónomas pueden optar entre la celebración en su territorio de dichas
Además de las doce fiestas resultantes, el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983 establece que serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición sean propias en cada municipio.
Para el año 2025 los festivos son:
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Galicia
- 1 de enero, Año Nuevo
- 6 de enero, Epifanía del Señor (Día de Reyes)
- 17 de abril, Jueves Santo
- 18 de abril, Viernes Santo
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
- 17 de mayo, Día de las Letras Gallegas
- 25 de julio, Día Nacional de Galicia
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen
- 1 de noviembre, Todos los Santos
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre, Natividad del Señor